Información relativa a las funciones que desarrolla la entidad
En el ejercicio de sus competencias, el OAMC tenderá a alcanzar, entre otros, los siguientes FINES (artículo 7 Estatutos):
a) La puesta en activo, estudio y análisis, así como la protección, catalogación, enriquecimiento, restauración, conservación y exhibición del patrimonio antropológico, arqueológico, artístico, bioantropológico, biológico, bibliográfico, científico-documental, cinematográfico, etnográfico, etnológico, fonográfico, fotográfico, histórico, mineralógico, paleontológico, técnico o de cualquier otra naturaleza, que tenga una significación científica y cultural universal o particular del archipiélago canario, especialmente de la isla de Tenerife, del área macaronésica o de otras áreas geográficas de interés.
b) El fomento del conocimiento de la cultura tradicional y popular y de la capacidad creativa contemporánea, así como del medio natural y la biodiversidaD.
c) La difusión y promoción de la cultura, humanística y científica, y la educación.
d) El asesoramiento en materia de patrimonio cultural y natural insular, a los efectos previstos en la normativa sobre dicha materia.
e) El asesoramiento científico, técnico y pericial en las materias que competen a los museos y centros.
f) La promoción, coordinación y tutela del desarrollo museístico que se establezca al amparo de las competencias atribuidas al Cabildo Insular de Tenerife.